Guía completa del modelo 390
¿qué es el modelo 390?
El modelo 390 es la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor anñadido (IVA). Su función es consolidar en un único documento los datos de los cuatro trimestres del anño que ya declaraste en el modelo 303.
No es una declaración adicional de pago: si ya ingresaste o compensaste el IVA de cada trimestre, el modelo 390 no genera un nuevo impuesto. Es una declaración informativa que permite a Hacienda verificar la coherencia anual de tus declaraciones trimestrales.
Importante: el modelo 390 NO sustituye al modelo 303. Primero presentas los cuatro trimestrales y luego el resumen anual.
¿quién debe presentarlo?
Deben presentar el modelo 390:
- autónomos en régimen general de IVA.
- Sociedades mercantiles (SL, SA) en régimen general de IVA.
- Profesionales liberales sujetos a IVA.
- Comunidades de bienes y sociedades civiles con actividad económica.
- Entidades del sector público sujetas a IVA.
No deben presentarlo: - autónomos en régimen simplificado de IVA (módulos). Estos no presentan el modelo 390. - Sujetos pasivos acogidos al régimen Especial del Grupo de Entidades (REGE). - Sujetos pasivos acogidos al régimen Especial de la Agricultura, ganadería y Pesca (REAGP). - Quienes realicen exclusivamente operaciones exentas sin derecho a deducción.
Plazos de presentación 2026
| Periodo de devengo | Plazo de presentación | |---|---| | anño 2026 | Del 1 de enero al 30 de enero de 2027 |
Si el 30 de enero cae en síbado, domingo o festivo, el plazo se traslada al siguiente día hábil. En 2027, el 30 de enero es síbado, por lo que el plazo se amplía al lunes 1 de febrero de 2027.
relación con el modelo 303
| Concepto | Modelo 303 | Modelo 390 | |---|---|---| | Frecuencia | Trimestral | Anual | | Contenido | IVA del trimestre | IVA de todo el anño | | Naturaleza | Liquidatoria (pago/compensación) | Informativa (no hay pago adicional) | | Obligados | Todos los sujetos pasivos de IVA | régimen general de IVA | | Plazo 2026 | 20 abril, 20 julio, 20 octubre, 30 enero | 30 enero 2027 (hábiles) |
Los datos del modelo 390 deben coincidir con la suma de los cuatro modelos 303 presentados. Si hay discrepancias, Hacienda puede requerir aclaración.
Estructura del modelo 390
El modelo 390 se divide en varias secciones:
### identificación - Ejercicio: 2026. - NIF y razón social del declarante. - declaración complementaria (si corriges una anterior).
régimen general (páginas principales)
IVA devengado (repercutido): - Casilla 01: IVA devengado al tipo general (21%) - suma anual. - Casilla 02: IVA devengado al tipo reducido (10%) - suma anual. - Casilla 03: IVA devengado al tipo superreducido (4%) - suma anual. - Casilla 04: Adquisiciones intracomunitarias de bienes. - Casilla 05: Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo.
IVA deducible (soportado): - Casilla 07: IVA soportado en operaciones interiores corrientes. - Casilla 08: IVA soportado en importaciones. - Casilla 09: IVA soportado en adquisiciones intracomunitarias.
Resultados: - Casilla 24: Resultado de la liquidación. - Casilla 25-27: A ingresar, compensar o devolver por cada trimestre.
### Operaciones con terceros El modelo 390 también incluye un apartado donde se declaran las operaciones realizadas con terceros, que sirve como apoyo al modelo 347.
Cómo presentar el modelo 390 por Internet
1. Accede a la Sede Electrúnica de la AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es 2. Selecciona INICIO > IVA > Modelo 390 3. identifícate con certificado digital, DNI electrúnico o Cl@ve PIN 4. El programa de ayuda carga automáticamente los datos de tus modelos 303 5. Revisa que los totales trimestrales coinciden con lo declarado 6. Si el resultado es a devolver, puedes solicitar la devolución 7. Confirma y presenta 8. Descarga el justificante (PDF con CSV)
Sanciones
| infracción | sanción | |---|---| | No presentar el modelo 390 | 200 ? mínimo | | Presentar fuera de plazo | Recargo del 1-20% dependiendo del retraso | | Datos incorrectos | 50-150% de la diferencia si afecta a la cuota |
Aunque el modelo 390 no genera un pago adicional, su omisión sí puede generar sanciones.
Errores frecuentes
1. No presentar el 390 porque ya se presentaron los 303: ambos son obligatorios en régimen general. 2. Confundir el modelo 390 con el 347: el 390 es el resumen del IVA y el 347 es la declaración de operaciones con terceros. 3. No incluir adquisiciones intracomunitarias: deben reflejarse tanto en el 303 como en el 390. 4. No revisar los totales: si los importes no coinciden con la suma de los 303, Hacienda puede requerir aclaración. 5. No presentar a tiempo el 390 del 4? trimestre: el plazo del 30 de enero 2027 es el mismo que para el modelo 303 del 4T.
Ejemplo pru00e1ctico del modelo 390
Ejemplo práctico del modelo 390
Antonio tiene una ferretería y ha presentado sus cuatro modelos 303 trimestrales de 2026. Ahora debe consolidarlos en el modelo 390.
Datos trimestrales del ejercicio 2026: | Trimestre | IVA repercutido | IVA soportado | Resultado | |---|---|---|---| | 1T | 4.200€ | 2.100€ | 2.100€ a ingresar | | 2T | 5.600€ | 2.800€ | 2.800€ a ingresar | | 3T | 3.800€ | 1.900€ | 1.900€ a ingresar | | 4T | 6.100€ | 3.050€ | 3.050€ a ingresar |
Consolidación anual: - IVA repercutido total: 4.200 + 5.600 + 3.800 + 6.100 = 19.700€ - IVA soportado total: 2.100 + 2.800 + 1.900 + 3.050 = 9.850€ - Resultado anual: 19.700 - 9.850 = 9.850€ (coincide con la suma de los trimestres)
Adquisiciones intracomunitarias del año: - 1T: 3.000€ | 2T: 0€ | 3T: 2.500€ | 4T: 4.000€ | Total: 9.500€
Antonio presenta el modelo 390 antes del 30 de enero de 2027. Como el 30 de enero de 2027 es sábado, el plazo se amplía al lunes 1 de febrero de 2027.
El formulario oficial está disponible en la Sede Electrónica de la AEAT - Modelo 390.
¿Necesitas las facturas de tus proveedores para verificar las cifras del resumen anual? Guías: Endesa, Iberdrola, Naturgy, Movistar, Orange.
Descarga nuestra lista de verificación en PDF para el modelo 390 con los datos que debes revisar antes de presentar el resumen anual.
Antes de presentar el modelo 390
- Revisa que has presentado los cuatro modelos 303 del anño (1T, 2T, 3T, 4T).
- Calcula la suma anual de IVA repercutido sumando los cuatro trimestres.
- Calcula la suma anual de IVA soportado sumando los cuatro trimestres.
- Verifica que los totales del modelo 390 coinciden con la suma de los 303.
- Revisa las adquisiciones intracomunitarias del anño (casilla 04 y 09).
- Ten preparado tu certificado digital, Cl@ve o DNI electrúnico.
- Descarga el justificante de presentación en PDF con código CSV.
- Archiva el justificante junto con los modelos 303 del anño.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 390
¿Tengo que presentar el modelo 390 si estoy en módulosí
No. Los autónomos en régimen simplificado de IVA (módulos) no presentan el modelo 390. Esta declaración es exclusiva para sujetos pasivos acogidos al régimen general de IVA.
¿El modelo 390 genera un pago adicional?
No. El modelo 390 es una declaración informativa que consolida los datos de los cuatro trimestres. No genera un pago adicional. Sin embargo, si arrastras un saldo a compensar de trimestres anteriores, puedes gestionarlo aqué.
¿qué plazo tengo para presentar el modelo 390 de 2026?
Del 1 de enero al 30 de enero de 2027. Si el 30 de enero cae en festivo, el plazo se traslada al siguiente día hábil. En 2027, el 30 de enero es síbado, por lo que el plazo se amplía al lunes 1 de febrero.
¿Puedo rectificar un modelo 390 ya presentado?
Sí. Si detectas un error, puedes presentar una declaración complementaria del modelo 390. Si el error afecta a las declaraciones trimestrales (modelo 303), también deberás rectificar esas.
¿qué diferencia hay entre el modelo 390 y el modelo 347?
El modelo 390 es el resumen anual del IVA (declara el IVA repercutido y soportado del anño). El modelo 347 declara las operaciones con terceros superiores a 3.005,06 ?. Son declaraciones distintas con plazos y finalidades diferentes.
¿Necesito gestor para presentar el modelo 390?
No es obligatorio. Puedes presentarlo tú mismo con certificado digital. El programa de ayuda de la AEAT carga automáticamente los datos de tus modelos 303 trimestrales, facilitando la cumplimentación.
Sigue con estas guías
Fuentes consultadas
Fuentes y referencias
Revisamos normativa y recursos oficiales cuando la guía trata obligaciones o facturación electrónica.
Siguiente lectura
Guías relacionadas
Continúa con una comprobación práctica del mismo tema.